miércoles, 24 de septiembre de 2008

PASAPORTE Y VISA - VISTO PARA EXTRANJEROS

PASAPORTE Y VISA - VISTO PARA EXTRANJEROS

El visto es un permiso federal para que el extranjero ingrese a Brasil. Para la mayoría de los países, es emitido solamente en el exterior; sólo que para algunos, la entrada y la permanencia del visitante en territorio brasileño es autorizada por un período determinado, definiendo de acuerdo con la finalidad del viaje.
De todas maneras, deben solicitar el visto todos los extranjeros que deseen quedarse en Brasil por más tiempo o que hayan nacido en países que no poseen ningún acuerdo con el Ministerio de las Relaciones Exteriores Brasileño. Es aconsejable consultar los requisitos necesarios para la obtención con anticipación, porque el proceso demora algunos días para concluir.
Los vistos son concedidos a los extranjeros que vienen a Brasil por motivo de viajes diplomáticos, oficiales, de turismo, visita a amigos o a su familia, negocios, participación en eventos deportivos y artísticos, además de la presencia en seminarios y conferencias internacionales.

El visitante extranjero debe completar el Formulario del Pedido de Visto - disponible en portugués, español, francés e inglés – individualmente, o sea, mismo que el turista esté llevando un menor de edad, éste debe completar su propio formulario. Y, en el caso de estar viniendo a Brasil sin la compañía de los padres o del responsable, el menor de 18 años debe presentar una autorización conteniendo las firmas de ambos. La solicitud de visto para la entrada a Brasil puede hacerse en cualquier consulado brasileño en el exterior. Se exige el pago de una tasa, que varía de acuerdo con el tipo de visto pedido y con el tiempo que el turista permanecerá en el país.

Es importante recordar que el pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez, contando desde el momento del pedido de visto. Es necesario presentar también una foto color 3x4 o 5x7 reciente y con fondo blanco.

¿Cuándo el visto no es necesario? Existe un permiso de entrada y permanencia en el país que vale por tiempo determinado y que no exige la solicitud de visto por el extranjero - basta que el pasaporte del visitante sea válido. Este permiso se remite a acuerdos diplomáticos firmados entre Brasil y algunos países, y está clasificado según la finalidad del viaje de cada turista.

Actualmente, los portadores de Pasaporte Diplomático no necesitan de ningún tipo de visto o autorización para ingresar a territorio nacional brasileño si fueran provenientes de los siguientes países: Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Colombia, Dinamarca, Ecuador, España, Gran Bretaña/UK, Grecia, Irlanda, Israel, Italia, Luxemburgo, Noruega, Orden S. M. Malta, Paraguay, Perú, Portugal, San Marino, Senegal, Suecia, Suiza, Túnez, Uruguay y Vaticano. Pero para los que son oriundos de países como África del Sur, Albania, Angola, Armenia, Barbados, Bolivia, Bulgaria, Cabo Verde, Camerún, Chile, Corea del Sur, Costa de Marfil, Costa Rica, Croacia, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Francia, Gabón, Guatemala, Guinea Bissau, Honduras, Hungría, India, Islandia, Malasia, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nova Zelanda, Países Bajos/Holanda, Panamá, Polonia, República Dominicana, República Checa, Rumania, Rusia, S. Tomé y Príncipe, Surinam, Tailandia, Trinidad Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela y Vietnam, tienen derecho a aquel permiso temporario, de hasta 90 días, para entrada y permanencia sin el visto. Si viniera de las Filipinas o de Cuba, puede quedarse hasta 180 días sin visto; y por 30 días, si fuera de Guyana o de China.

Los que posean el Pasaporte Oficial o el Pasaporte de Servicio ingresan libremente al País si fueran de: Alemania, Bélgica, Dinamarca, Gran Bretaña/UK, Grecia, Irlanda, Luxemburgo, Noruega, Orden S. M. Malta, Portugal, San Marino, Senegal, Suiza y el Vaticano. Y pueden permanecer por hasta 90 días sin el visto, si vinieran de: África del Sur, Albania, Argentina, Armenia, Barbados, Bolivia, Bulgaria, Cabo Verde, Camerún, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa de Marfil, Costa Rica, Croacia, Egipto, El Salvador, Ecuador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gabón, Guatemala, Guinea Bissau, Honduras, Hungría, India, Islandia, Israel, Italia, Malasia, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nova Zelanda, Países Bajos/Holanda, Panamá, Paraguay, Polonia, República Dominicana, República Checa, Rumania, Rusia, Santo Tomé y Príncipe, Suecia, Surinam, Tailandia, Trinidad Tobago, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela y Vietnam. Por 30 días, si fueran provenientes de China o de Guyana; y por hasta 180 días, para los visitantes originarios de Austria, Filipinas, Perú y Túnez.

A los visitantes que estén viajando con Pasaporte común, con la intención de hacer turismo, le será permitida la entrada y permanencia por hasta 90 días, si fueran procedentes de los siguientes países: África del Sur, Alemania, Andorra, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, Eslovenia, España, Filipinas, Finlandia, Francia, Gran Bretaña/UK, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malasia, Marruecos, Mónaco, Namibia, Noruega, Nova Zelanda, Orden S. M. Malta, Países Bajos/Holanda, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, San Marino, Suecia, Suiza, Surinam, Tailandia, Trinidad Tobago, Túnez, Turquía, Uruguay y Vaticano. Pero, los turistas oriundos de: Alemania, Angola, Armenia, Bulgaria, Cabo Verde, Camerún, China, Costa de Marfil, Croacia, Cuba, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Gabón, Guatemala, Guyana, Guinea Bissau, Honduras, Hong Kong, India, Mozambique, República Dominicana, República Checa, Rumania, Rusia, Santo Tomé y Príncipe, Senegal y Vietnam, invariablemente deben solicitar el visto en su propio país.

Para turistas de paso provenientes de Venezuela, la entrada y permanencia en el país es permitida por hasta 60 días, sin la necesidad de visto.

A los visitantes portadores de Pasaporte común, pero que estén viajando por negocios, le es permitida la entrada y permanencia en Brasil por hasta 90 días sin visto, desde que sean ciudadanos de los siguientes países: África del Sur, Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, Eslovenia, España, Filipinas, Finlandia, Francia, Gran Bretaña/UK, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Luxemburgo, Marruecos, Mónaco, Noruega, Nova Zelanda, Orden S. M. Malta, Países Bajos/Holanda, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, San Marino, Suecia, Suiza, Surinam, Tailandia, Trinidad Tobago, Túnez, Turquía, Uruguay y el Vaticano. Si vinieran de: Albania, Andorra, Angola, Armenia, Bahamas, Barbados, Bolivia, Bulgaria, Cabo Verde, Camerún, China, Costa de Marfil, Croacia, Cuba, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Gabón, Guatemala, Guyana, Guinea Bissau, Honduras, Hong Kong, India, Liechtenstein, Malasia, Mozambique, Namibia, Panamá, República Dominicana, República Checa, Rumania, Rusia, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Ucrania, Venezuela y Vietnam, deberán hacer la solicitud de visto en su país de origen, antes de la partida.

Algunos países no mantienen relaciones diplomáticas con Brasil. De esta forma, los Pasaportes Diplomáticos y los Oficiales, o los de Servicio, no son aceptados, y el visto solamente se le concede a visitantes en viaje de turismo o de negocios, sobre “laissez-passer” brasileño. Los países incluidos en este grupo son: Bután, República Centro Africana y Taiwán.

Para los países listados a continuación es indispensable completar el Formulario de Pedido de Visto - independientemente del tipo de pasaporte y de la finalidad del viaje -, antes de la partida de su país de origen. Son ellos: Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Argelia, Australia, Azerbaiján, Bangladesh, Bahrein, Belarús, Belice, Benin, Bosnia, Botswana, Brunei, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Canadá, Catar, Kazajistán, Chad, Chipre, Singapur, Comores, Congo, República Democrática del Congo, Islas Cook, Corea del Norte, Djibouti, Dominica, Emiratos Árabes, Eritrea, Estados Unidos, Estonia, Etiopia, Islas Fiji, Gambia, Gana, Georgia, Granada, Guinea, Guinea Ecuatorial, Haití, Yemen, Indonesia, Irán, Irak, Yugoslavia/Servia y Montenegro, Jamaica, Japón, Jordania, Islas Kiribati, Kuwait, Laos, Lesoto, Letonia, Líbano, Liberia, Libia, Lituania, Macao, Macedonia, Madagascar, Malawi, Islas Maldivas, Malí, Malta, Islas Marianas, Islas Marshall, Islas Mauricio, Mauritania, Micronesia, Moldavia, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nauru, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Omán, Autoridad Palestina, Papua/Nueva Guinea, Pakistán, Kenia, kirguisa, Ruanda, Islas Salomón, Samoa Occidental, Santa Lucia, San Cristoval y Nevis, San Vicente y Granadinas, Sierra Leona, Islas Seychelles, Siria, Somalia, Sri Lanka, Suazilandia, Sudán, Tajikistán, Tanzania, Timor leste, Togo, Tonga, Turkmenistán, Islas Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Vanuatu, Zambia, y Zimbabwe.

Cualesquiera dudas sobre la obtención de visto para el ingreso a Brasil, entre en contacto con el Consulado Brasileño local, o el más próximo de su localidad de origen. Las informaciones dispuestas arriba son susceptibles a cambios, sirviendo apenas como orientación general preliminar al viajero extrajero. Al planear un viaje de turismo o de negocios, es indispensable consultar las representaciones diplomáticas de Brasil en su país. Vale recordar que todos los países del mundo requieren visado de trabajo.

Fonte: http://www.braziltour.com/site/es/dicas_turista_passaporte/materia.php - 23/09/08

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